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Pronunciamiento del Observatorio de Participación Política de las Mujeres en la Ciudad de México (OPPMCM) respecto al decreotdel 17 de abril de 2023 que promueve trasladar las funciones del Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA) al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF).
Posicionamiento del observatorio de Participación Política de las Mujeres en la Ciudad de México respecto del Proyecto de Reforma Constitucional a los Artículos 41, 73, 99 y 105.
Derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, particularmente en el ejercicio de nuestros derechos políticos y electorales en esta ciudad.
PronunciamientoOPPMCM_Urgimos Diálogo previo a la Reestructuración del IECM_ Congreso de la Ciudad de México
Pronunciamiento sobre el incumplimiento de la paridad constitucional en las Alcaldías de la Ciudad de México

PRONUNCIAMIENTO

URGE ARTICULAR ESFUERZOS PARA TIPIFICAR LA VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES


Ciudad de México, a 21 de abril de 2017.

A las Comisiones de Asuntos Político – Electorales y para la Igualdad de Género de la VII Legislatura de la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México.

A las Comisiones Unidas de Gobernación e Igualdad de Género de la LXIII Legislatura de la H. Cámara de Diputados.

Desde el Observatorio de Participación Política de las Mujeres en la Ciudad de México (OPPM CDMX), instamos a las instancias señaladas a aprobar el dictamen en materia de violencia política contra las mujeres, enviado por el Senado.

En el marco de su Tercera Sesión Ordinaria, el OPPM CDMX, integrado por el Instituto Electoral del Distrito Federal, el Instituto de las Mujeres de la Ciudad de México, el Tribunal Electoral del Distrito Federal, representantes de los Partidos Políticos, instituciones públicas, Organizaciones de la Sociedad Civil, se concluyó lo siguiente:

  • A pesar de que desde 2012 legisladoras de diferentes fuerzas políticas a nivel federal han impulsado iniciativas para reformar diferentes leyes en la materia, no se ha concretado incluir la definición, las sanciones y las disposiciones necesarias en torno a este fenómeno en las leyes correspondientes, lo que impide el ejercicio pleno de los derechos políticos de las mujeres, así como el desarrollo democrático del país.
  • Derivado de la incorporación del principio de paridad en el artículo 41 constitucional en 2014, se ha detectado un incremento en el nivel de violencia en contra de las mujeres que buscan ejercer su derecho de participación en procesos electorales.
  • La Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) en las elecciones intermedias de 2015, informó sobre 38 casos registrados de violencia política; para el proceso electoral de 2016 se sumaron 103 casos, lo que dio como resultado 141 en los últimos dos años.
  • Ante la falta de información, instrumentos legales y mecanismos que permitan reconocer, denunciar, atender y sancionar el delito, la cifra presentada por la FEPADE no corresponde con el número real de casos expuestos en medios de comunicación.
  • Debido a que aún no existe tipificación de dicha violencia, ésta se delimita en el marco del artículo 7 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales (LGMDE), reflejando la carencia de una visión amplia y específica al respecto.
  • La violencia ha mostrado un impacto diferenciado en las mujeres e incluso, tiene lugar por razones de género. Por ello, resulta necesario conceptualizar este tipo de violencia y legislar al respecto.

En este contexto, celebramos que el pasado 9 de marzo las integrantes de las Comisiones Unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores, presentaron su dictamen ante el pleno del Senado, el cual contiene el proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley General en Materia de Delitos Electorales y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. Dicho dictamen se turnó a la Cámara de Diputados para su aprobación.

Por lo que, ante los hechos de violencia política contra las mujeres denunciados y la dificultad de su tipificación, y el inminente proceso electoral 2017-2018:

INSTAMOS

A los órganos de gobierno y autoridades de la Ciudad de México, para que desde el ámbito de sus atribuciones impulsen políticas públicas para erradicar la desigualdad, discriminación y la violencia contra las mujeres, considerando lo dispuesto en el articulado de la Constitución de la Ciudad de México; sobre todo lo referente al Derecho a un gobierno democrático y a la participación política paritaria, Derechos de las mujeres, Alcaldías; entre otros, de conformidad con los artículos 7, apartado F, numeral 4; 11, apartado C; 27, apartado D, 53, apartado 2, inciso VI. Con especial énfasis, en el artículo 27, toda vez que hace referencia a la violencia política en razón de género, la cual podrá llevar a la nulidad de la elección o del proceso de participación ciudadana.

Por lo que, para el correcto desarrollo del proceso electoral local 2017-2018, de acuerdo a los principios rectores de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad, el OPPM CDMX insta:

A las y los Diputados de la VII Legislatura de la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México, configuren el marco normativo secundario en la materia.

A las Comisiones Unidas de Gobernación e Igualdad de Género de la LXIII Legislatura de la H. Cámara de Diputados. Para que, a la brevedad, resuelvan favorablemente el Dictamen que les fue enviado por las Comisiones Unidas para la Igualdad de Género y de Estudios legislativos de la Cámara de Senadores.

Invitamos a la sociedad en general

A la solidaridad en la exigencia de la garantía, protección y respeto a los derechos político-electorales de las mujeres, a una vida libre de toda violencia, vigilando que las autoridades electorales, establezcan las acciones y programas respectivos en ánimos de prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia política hacia las mujeres, con el fin de celebrar procesos electorales en paz.

Las instituciones que acompañan el pronunciamiento refrendamos el compromiso para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia política hacia las mujeres.

Las organizaciones firmantes, en lo general nos asumimos integrantes del Observatorio de Participación Política de las Mujeres de la Ciudad de México, y en lo particular, somos defensora/es de los derechos humanos de las mujeres, considerando los político-electorales fundamentales para el pleno desarrollo de las mujeres y de la sociedad en su conjunto.

Firmantes:

  • Instituto de las Mujeres de la Ciudad de México (Inmujeres CDMX)
  • Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF)
  • Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF)
  • Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres)
  • Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHCDMX)
  • Instituto de la Juventud de la Ciudad de México (Injuve CDMX)
  • Iniciativa Ciudadana y Desarrollo Social, A.C. (INCIDE Social)
  • Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir, A.C. (ILSB)
  • Asociación Nacional Cívica Femenina, A.C. (ANCIFEM)
  • Elige Red de Jóvenes por los Derechos Sexuales y Reproductivos A.C. REDLAC México
  • Articulación Territorial para la Investigación de la Ciudad y la Arquitectura, A.C. (ATICA)
  • Investigación, Análisis y Propuestas en Derechos Humanos, A.C. (IAP-DH)
  • Partido Nueva Alianza

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